lunes, 5 de octubre de 2020

La Junta de Castilla y León cierra León y Palencia desde este martes para frenar los contagios por coronavirus

 

La Junta de Castilla y León cierra León y Palencia desde este martes para frenar los contagios por coronavirus




Eldiario   ..............   Laura Cornejo




La consejera de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Verónica Casado, ha anunciado este lunes el confinamiento de León y Palencia capital, dados los datos de ocupación hospitalaria, tasa de positividad e incidencia acumulada. Aunque Palencia no llega a los 100.000 habitantes, el Gobierno autonómico ha optado por imponer la medida.

Las restricciones de movilidad comenzarán este martes y en principio durarán 14 días. A partir de mañana no se podrá entrar o salir del municipio sin una razón justificada, como motivos laborales o cuidado de mayores. En estos momentos, los servicios jurídicos de la Junta de Castilla y León están abordando a partir de qué hora se va a decretar el cierre de las capitales.

Casado ya ha comunicado al alcalde de León, José Antonio Díez (PSOE) y al de Palencia, Mario Simón (Ciudadanos) la decisión de la Junta. Palencia ya estaba bajo algunas restricciones desde el pasado 24 de septiembre, si bien afectaban fundamentalmente al ocio, la hostelería y las reuniones familiares.

Las medidas de mínimos que afectan a las ciudades de más de 100.000 habitantes, pero que la Junta aplica también a Palencia, con población inferior, aplica tres criterios: incidencia acumulada de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes, tasa de positividad de las PCR superior al 10% (ambas en el municipio) y ocupación de UCIs por encima del 35% (en la comunidad).

De este modo, desde este martes, en Palencia y León tendrán vigencia las siguiente medidas:

-Se restringirá la entrada y salida de los municipios, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por motivos de trabajo, sanitarios, legales y judiciales, de educación (incluidos exámenes), por retorno al lugar de residencia habitual, asistencia a personas dependientes, a entidades financieras o por otras causas de fuerza mayor o situación de necesidad debidamente acreditadas.

-La circulación por carreteras que atraviesen los municipios será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.

-La circulación de personas residentes dentro de los municipios será posible, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias (uso de mascarillas, distancia social, etcétera).

-Reducción a seis personas de las reuniones sociales y familiares, salvo en el caso de convivientes (esta medida ya estaba en vigor en la Comunidad de Madrid).

-Las tiendas, locales comerciales y servicios abiertos al público tendrán un aforo máximo del cincuenta por ciento y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, "salvo las excepciones que se prevean".

-Los bares, restaurantes y otros establecimientos de hostelería y restauración, así como locales de juegos y apuestas podrán estar abiertos hasta las 23:00 (excepto entrega de comida a domicilio), aunque no podrán admitir nuevos clientes desde las 22:00. Ahora mismo, en las 45 zonas restringidas por la Comunidad de Madrid el horario de cierre es a las 22:00, con lo que ganarían una hora adicional de aplicarse estas recomendaciones.

El aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores, el consumo en barra no estará permitido y la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas.

-En instalaciones deportivas, el aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores.

-La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

-En lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio; mientras que en los velatorios podrá haber quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de quince personas.

-En academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas el aforo máximo será del cincuenta por ciento. 





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