El Gobierno reparte 350.000 euros entre fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos
Las afines al PSOE reciben 89.273,20 euros frente a los 54.434,09 de Vox o los apenas 294,14 euros de Teruel Existe
- M. CASADO..........larazon
En esta ocasión es el Ministerio de Cultura y Deporte, que dirige Miquel Iceta, quien está detrás de este real decreto “por el que se regula la concesión directa de subvenciones paga gastos de funcionamiento de fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en las Cortes Generales que realicen actividades de estudio y desarrollo del pensamiento político y social”. Por todo ello, la instrucción del procedimiento corresponderá al gabinete técnico de la Subsecretaría de Cultura y Deporte.
Según consta en el real decreto publicado en el BOE, dichas subvenciones tienen como objetivo financiar programas de investigación, cursos, seminarios y conferencias; actividades de formación; exposiciones, congresos y reuniones; la creación y mantenimiento de centros de documentación; edición de publicaciones en cualquier soporte, así como cualquier otra dirigida a la realización de actividades de estudio y desarrollo del pensamiento político y social. Y serán los ciudadanos los únicos destinatarios de estas actividades. Según el resultado electoral de las últimas generales, el reparto quedaría según refleja el siguiente cuadro.
Pago anticipado de las subvenciones
El importe máximo de la subvención será de 350.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.01.334A.487 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura y Deporte para 2022, tal y como queda reflejado en el Boletín Oficial del Estado. El pago de estas subvenciones se realizará tras la fecha de la resolución de concesión y se hará de forma anticipada y sin necesidad de constitución de fianza o garantía. Entre estos “gastos subvencionables” se encuentran gastos de personal, servicios de intérpretes y empresas de traducción simultánea, alquileres de locales, dietas y gastos de viajes, publicidad, entre otros.
Bajo ningún concepto podrán ser subvencionados aquellos gastos por obras en inmuebles, adquisición de maquinaria o mobiliario, gastos de amortización o el pago de tributos (salvo lo indicado sobre el IVA en el apartado de excepciones). Sobra decir que todos y cada uno de los gastos debe ser justificado, de lo contrario las asociaciones y fundaciones se someterán al régimen sancionador.
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