Los días de vacaciones que se generan en un mes es de 2,5833333333, no de 2.5 como algunos piensan. Si fueran 2.5×12, nos daría como resultado 30 días. Y en el sector de seguridad las vacaciones son de 31 días.
Para calcular las vacaciones generadas es muy fácil cuando ya llevas tiempo en la empresa. Pero cuando andas con contratos temporales no lo es tanto.
Todos los meses tienen 30 días. Es una regla que hay tener presente para el cálculo. Por lo que 2.58×6, nos da 15,50 y si hiciéramos la regla de "tres" 30×6=180×31/360 = 15,5
5580 (180*31)/360=15,5. Como vemos es muy fácil. Pero... ¿Que pasa si estoy 3 meses y 20 días? Entonces deberás coger los meses todos ellos contabilizan como 30, en este caso 90 días, a los que hay que sumar los 20 dias sueltos, lo que nos da un resultado de 110 días.
3410 (110*31)/360= 9,47. Siendo el decimal inferior a 50 (47), en este caso le corresponden 9 días de vacaciones.
Estos días de vacaciones son los que genera en ese contrato y puede disfrutarlos cuando lo desee, comunicándolo con dos meses de antelación. En caso de no ser concedidos por el empresario, se podra iniciar un procedimiento urgente por el artículo 125 de la LRJS presentando la demanda en el plazo de 20 días. (no es necesario proceder a presentar papeleta)
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