El regreso al domicilio más allá de la 1 h en un municipio con toque de queda, saliendo de una actividad autorizada, no se sancionará
Las personas que salgan a la 1 h de una actividad ubicada en un municipio afectado por el toque de queda nocturno, no podrán ser sancionadas. La resolución SLT/3787/2021 de 23 de diciembre ya prevé como excepción la prohibición de movilidad nocturna, el retorno al domicilio proveniente de una actividad autorizada. En el caso de la restauración, desde la FECASARM recomendamos llevar el ticket acreditativo de la consumición realizada en el establecimiento concreto.
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