miércoles, 11 de enero de 2023

Las 27 enfermedades para la pensión por incapacidad permanente en 2023

 

Las 27 enfermedades para la pensión por incapacidad permanente en 2023

La pensión por incapacidad permanente presenta novedades importantes de cara a este año de 2023. En primer lugar, aumentan las cuantías a cobrar por los pensionistas a partir de este mismo mes de enero. Esta alza histórica, de un 8,5% para esta prestación económica, se recogió en los nuevos Presupuestos Generales del Estado. La finalidad que se persigue con este incremento de las cuotas, impulsado desde el seno del Gobierno, es combatir la tasa de inflación en España para así no se pierda poder adquisitivo debido al elevado precio de productos básicos, como en el caso de la alimentación, la gasolina o el precio de la luz. Y es que, el verano del año pasado, la inflación superó la barrera de las dos cifras por primera vez en 30 años. Para ser más exactos, fue en agosto cuando alcanzó un 10,4%. No obstante, se moderó en diciembre, por debajo de un 6%. 

Asimismo, según la definición dada por la Seguridad Social, es de vital importancia saber que la pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. Justo en este sentido, podrán ser beneficiarios las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social que reúnan los requisitos exigidos por cada grado de incapacidad: Parcial, total, absoluta y gran invalidez. Por lo tanto, cada una de ellas contará con una cuantía mínima y máxima que se hará efectiva a partir de enero de 2023. 

Por poner un ejemplo concreto, tras el aumento cifrado en un 8,5%, los pensionistas por incapacidad permanente de Gran Invalidez, en el caso de que no tenga cónyuge a cargo, pasa de los 1.027,50 euros de 2022 a 1.114,83. Ahora bien, siguiendo con el asunto que aquí acontece, estas son las 27 enfermedades susceptibles a que den derecho a una pensión por incapacidad permanente en 2023.

Tabla de enfermedades para incapacidad permanente 2023

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no cuenta con un listado oficial de enfermedades por incapacidad permanente, sino que dependen del Tribunal Médico, que valorará la incapacidad del trabajador. A continuación, los directores provinciales del INSS o del ISM, en su caso, dictarán resolución expresa declarando el grado de incapacidad, por reconocimiento de la pensión, la cuantía de la prestación económica y el plazo a partir del cual se puede instar la revisión de la incapacidad por agravación o mejoría. 

  • Alzheimer
  • Arterioesclerosis
  • Artritis Reumatoide
  • Artrosis
  • Cáncer
  • Colitis Ulcerosa
  • Demencia
  • Enfisema Pulmonar
  • Epilepsia
  • Esclerosis Múltiple
  • Fibrilación auricular
  • Glaucoma 
  • Hernia Cervical
  • Hipertensión Pulmonar
  • Hipoacusia
  • Insuficiencia renal crónica
  • Lumbalgia
  • Eritematoso Sistémico
  • Miastenia Gravis
  • Migraña
  • Parkinson
  • Patologías de Manos
  • Pérdida de visión
  • Síndrome de Arnold Chiari
  • Trasplante de riñón 

Cuantías de la pensión de incapacidad en 2023

Entre los requisitos generales para cobrar una de las siguientes cuantías relativas a la incapacidad permanente, se deberá residir en España durante un periodo de al menos 5 años, de los cuales dos deben ser consecutivos, tener entre 18 y 65 años, además de tener un grado de discapacidad el límite de ingresos anuales es el mismo que en la pensión no contributiva de jubilación.

Gran invalidez

  • Con cónyuge a cargo: pasa de 1.335,80 a 1.448,80 euros al mes.
  • Sin cónyuge: pasa de 1.082,60 a 1.173,53 euros al mes.
  • Con cónyuge no a cargo: pasa de 1.027,50 a 1.113,88 euros al mes.

Pensiones de incapacidad permanente absoluta o total de 65 años o más

  • Con cónyuge a cargo: 965 euros al mes y 13.519 euros al año.
  • Con cónyuge no a cargo: 743 euros al mes y 10.405 euros al año.
  • Sin cónyuge: 783 euros al mes y 10.962 euros al año.

Pensiones de incapacidad permanente total de entre 60 y 64 años

  • Con cónyuge a cargo: 906 euros al mes y 12.682 euros al año.
  • Con cónyuge no a cargo: 692 euros al mes y 9.694 euros al año.
  • Sin cónyuge: 732 euros al mes y 10.256 euros al año.

Pensiones de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común en menores de 65 años

  • Con cónyuge a cargo y sin cónyuge: 577 euros al mes y 8.081 euros al año.
  • Con cónyuge no a cargo: 572 euros al mes y 8.011 euros al año.

Pensión no contributiva por incapacidad o invalidez

  • La retribución mensual de las personas que cobran una pensión de invalidez pasará a ser de 484,61 euros mensuales.
  • Pensión no contributiva de invalidez con incremento del 50%: 726,9 euros al mes.

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