viernes, 19 de junio de 2020

Huelga Total de Seguridad Privada

Huelga total de la seguridad privada en plena reapertura


Los vigilantes exigen un convenio autonómico en Cataluña con mejoras laborales y retributivas, pero aún no hay acuerdo con la patronal

Ignasi Jorro 


Cataluña se encamina hacia una huelga indefinida de la seguridad privada en plena reapertura. Los vigilantes han convocado un paro indefinido a partir del próximo 1 de julio con el fin de exigir un convenio propio del sector a nivel autonómico que conlleve mejoras retributivas y laborales. Hasta el momento no hay acuerdo con la patronal Aproser, lo que añade presión sobre la negociación.

El último intento de acercamiento de posturas ha sido un contacto con la Dirección General de Seguridad de la Consejería catalana de Interior. El departamento que comanda Miquel Buch (JxCat) asegura en una carta a la que ha accedido este medio que comparte la preocupación del convocante, ADN Sindical, para una "mejora" de la seguridad privada en Cataluña. No
Cataluña se encamina hacia una huelga indefinida de la seguridad privada en plena reapertura. Los vigilantes han convocado un paro indefinido a partir del próximo 1 de julio con el fin de exigir un convenio propio del sector a nivel autonómico que conlleve mejoras retributivas y laborales. Hasta el momento no hay acuerdo con la patronal Aproser, lo que añade presión sobre la negociación.
El último intento de acercamiento de posturas ha sido un contacto con la Dirección General de Seguridad de la Consejería catalana de Interior. El departamento que comanda Miquel Buch (JxCat) asegura en una carta a la que ha accedido este medio que comparte la preocupación del convocante, ADN Sindical, para una "mejora" de la seguridad privada en Cataluña. No
Cataluña se encamina hacia una huelga indefinida de la seguridad privada en plena reapertura. Los vigilantes han convocado un paro indefinido a partir del próximo 1 de julio con el fin de exigir un convenio propio del sector a nivel autonómico que conlleve mejoras retributivas y laborales. Hasta el momento no hay acuerdo con la patronal Aproser, lo que añade presión sobre la negociación.
El último intento de acercamiento de posturas ha sido un contacto con la Dirección General de Seguridad de la Consejería catalana de Interior. El departamento que comanda Miquel Buch (JxCat) asegura en una carta a la que ha accedido este medio que comparte la preocupación del convocante, ADN Sindical, para una "mejora" de la seguridad privada en Cataluña. No obstante, el equipo de Buch recuerda que no es su competencia el convocar una mesa negociadora ni los trabajos preparatorios para la misma. 
PELIGRO DE CAOS EL 1- J
Este conato fallido de negociación sobre la bocina deja el conflicto enquistado. Por ello, el sindicato que ha llamado al paro general del sector, ADN Sindical, alerta de que se impone una negociación previa a la movilización o se avecina el "caos" en servicios no esenciales como hospitales, la Ciudad de la Justicia de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), centros comerciales y tiendas.
Estos establecimientos no gozarán de servicios mínimos tan amplios como los equipamientos esenciales, por lo que se podrían quedar sin vigilancia el 1-J, con el riesgo que ello conlleva en plena apertura del país tras la pandemia del coronavirus.

Acabar con las contratas a precio

Antes de que ello ocurra, el convocante subraya sus demandas: un convenio autonómico para el sector, sí, pero también tablas salariales negociadas dos años antes de finalizar el convenio para poder aplicarlas en la contratación pública; coto a las "empresas piratas"; las mismas reglas de juego y seguridad jurídica para todos los actores y un plus de profesionalidad para el colectivo.
Estima la parte social que faltan en Cataluña unos 500 vigilantes y que el personal está muy envejecido, con medias de edad que rondan los 50 años ante el desinterés de los jóvenes por un sector con bajos sueldos.



Guardia Urbana denuncia

[La Guardia Urbana denuncia plagas de ratas y cucarachas en sus comisarías] https://va.newsrepublic.net/al/UpFfrZR

BBC calcula 15.158 muertos

https://www.catalunyapress.es/texto-diario/mostrar/1996689/investigacion-bbc-calcula-espana-puede-haber-15158-muertes-contado-coronavirus

Golpe Mesa. de los trabajadores

https://www.eleconomista.es/economia/amp/10613674/Movimiento-SEPE-exige-la-dimision-del-director-general-y-anuncian-que-no-haran-mas-horas-extra-para-los-ERTE-tras-conocer-que-el-98-estan-tramitados

Gobierno no quiere prorrogar ERTEs

[El Gobierno se niega en rotundo a prorrogar de forma automática los ERTE por fuerza mayor] https://va.newsrepublic.net/al/hkfjrZR

Mal y Tarde como siempre

Mira lo que he compartido: Sanidad Exterior no contará con refuerzos de personal para el control en aeropuertos hasta diez días después de la reapertura de fronteras @MIUI| https://m.eldiario.es/sociedad/refuerzos-AENA-Sanidad-Exterior-reapertura_0_1039396442.html

jueves, 18 de junio de 2020

Atasco negociación ERTES

Mira lo que he compartido: El atasco en la negociación del futuro de los ERTE anticipa otro acuerdo al límite | Diario Sur @MIUI| https://www.diariosur.es/economia/trabajo/atasco-negociacion-futuro-20200618205234-ntrc.html#vca=web-push&vso=diariosur&vmc=Ministerio_de_Trabajo&vli=_

Amenaza de muerte a un Policía

[Amenaza de muerte a un policía con una catana y descubren marihuana] https://va.newsrepublic.net/al/cSxSrZR

Derecho: Despidos de los trabajadores por Covid

Despidos de los trabajadores por el Coronavirus




Durante el tiempo que dure la situación de Estado de Alarma de nuestro país, se van a producir numerosos despidos de los trabajadores por el Coronavirus.
A la vez de hablar de los despidos de los trabajadores por el Coronavirus, hemos de tranquilizar a la población exponiendo las medidas adoptadas por el Gobierno para paliar las consecuencias de los mismos.

Con fecha 17 de marzo de 2020 se ha dictado el Real Decreto-Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto en el ámbito económico y social del Covid-19.

El procedimiento a seguir si la empresa decide la suspensión de contratos o la reducción temporal de la 
jornada de trabajo, será:Despidos de los trabajadores por el Coronavirus

Para la empresa:

1.-Remitir a la Autoridad Laboral el informe relativo a la medida propuesta y la documentación que lo acredite. Ejemplo: empresa de transportes que reduce su servicio y por ende su plantilla o rebaja la jornada laboral de éstos.
2.-La Inspección de Trabajo debe emitir informe un un plazo improrrogable de 7 días, si la Autoridad Laboral se lo solicita.
3.-Resolución de la Autoridad Laboral en plazo de 7 días.

Para los trabajadores:

1.- Se debe constituir la comisión de representación legal de los trabajadores para la negociación del periodo de consultas en el improrrogable plazo de 5 días.
2.- El periodo de consultas con los representantes de los trabajadores no deberá exceder de 7 días.
3.- El informe de la Inspección de Trabajo, cuya solicitud es potestativa de la Autoridad Laboral, se evacuará en el plazo improrrogable de 7 días.
Una vez aprobado el ERTE o Expediente de Regulación Temporal de Empleo, que supone una suspensión temporal del contrato de trabajo o reducción de jornada laboral también temporal, del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, hemos de hablar de los efectos de dichos despidos de los trabajadores por el Coronavirus.

¿Qué protección tendrán los trabajadores afectados por estos ERTES por el Coronavirus?

1.- Se les reconocerá el derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no tengan el periodo de cotizado mínimo exigido (360 días).
2.- El tiempo en el que se perciba la prestación por desempleo, que tenga su causa en la situación de fuerza mayor por el Coronavirus, no computará como cobrado para posteriores prestaciones a las que se tenga derecho.

¿En qué cuantía se cobrará la prestación de desempleo?

La base reguladora de la prestación será la resultante de computar el promedio de las bases de los 180 últimos días cotizados o, en su defecto, del período de tiempo inmediatamente anterior a la situación de desempleo.

¿Por cuánto tiempo cobrará la prestación?

Durante todo el tiempo que dure la situación de suspensión del contrato de trabajo o la reducción de la jornada laboral.
Asimismo se insta a facilitar el TELETRABAJO por parte de las empresas.

Derecho de adaptar su jornada laboral o reducir la misma.

Los trabajadores por cuenta ajena que acrediten tener personas a su cargo, como menores, discapacitados, etc., tienen derecho a adaptar su jornada de trabajo o reducir la misma. 
Si en estos asuntos hubiera discrepancia entre trabajador y empresa, el mecanismo de solución será el establecido en el artículo 139 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en el ejercicio de los derechos de conciliación.
Dice dicho artículo en su apartado b):
«El procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. El acto de la vista habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda. La sentencia se dictará en el plazo de tres días. Contra la misma no procederá recurso.»
El derecho a adaptar la jornada laboral del trabajador se refiere a:
Cambios de turnos, alteración de horario, horario flexible, jornada partida o continuada, cambio de centro de trabajo, cambio de funciones, cambio de la forma de prestación del trabajo, incluyendo la prestación a distancia. Todo ello de un modo razonable y proporcionado, dado su carácter temporal y excepcional.
¿A qué personas puede cuidar el trabajador?
A cónyuge o pareja de hecho, hijos y familiares por consanguinidad hasta el segundo grado.

El derecho de reducción de jornada laboral por parte del trabajador:

No requiere preaviso.
No existen límites de porcentaje de reducción, pudiendo alcanzar el 100%.
En el caso de que por estos motivos, la empresa hiciera un ERE, el trabajador deberá acudir a los tribunales, interponiendo una demanda por despido improcedente, con el fin de que la empresa demuestre las causas que le ha llevado a dicha decisión extintiva definitiva de los contratos laborales.
CONCLUSIÓN:
No olvidemos que los despidos de los trabajadores por el Coronavirus, sólo serán suspensiones temporales de los contratos de trabajo o ERTES, en ningún caso despidos definitivos.  Ante ellos deberá consultar con un abogado para cerciorarse de los trámites y consecuencias legales.






Derecho : Nulidad de los intereses de demora prestamo hipotecario

Nulidad de los intereses de demora en el préstamo hipotecario



Declarada la nulidad de los intereses de demora en el préstamo hipotecario al considerarse como cláusula abusiva, solo se abonará el interés remuneratorio.


Sobre el tema de la nulidad de los intereses de demora en el préstamo hipotecario (también llamados «intereses moratorios«), cuando se declaraba abusiva dicha cláusula, se venían dictando por las Audiencias Provinciales sentencias con resultado distinto.
Antes de nada recordar que hasta no hace muchos años, era habitual que en las escrituras de hipoteca para adquisición de viviendas se establecieran intereses moratorios del 20 o 25 por ciento anual si el deudor dejaba pagar la hipoteca.

Esta disparidad de criterios, como veremos más adelante,  fue resuelta por el Tribunal Supremo en distintas sentencias entre las que destacamos las de 18.02.2016, o la dictada por el Pleno de fecha 3.06.2016.

Los intereses de demora o también llamados «moratorios» venían a penalizar al consumidor (prestatario) en el caso de que no atendiese a su vencimiento el pago de los recibos de hipoteca, es decir, se aplicaban unos intereses altísimos en los supuestos de incumplimiento de las obligaciones de pago asumidadas en la escritura pública.
Igualmente se dictó por el TJUE, Auto de fecha 11 de junio de 2015 en el que vuelve a insistir que declarada abusiva la clausula del interes de demora,  «ya no se pueden recalcular los intereses».
Como antesala de todas estas recientes resoluciones dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, hemos de remontarnos un poco mas atrás, y resaltar por su importancia la dictada en fecha 30 de mayo de 2013, en la que el TJUE ya venía diciendo que:
«declarada la nulidad de los intereses de demora en el préstamo hipotecario (por considerarse cláusula abusiva), el contrato debe subsistir, en principio, sin otra modificación que el resultante de SUPRIMIR DICHA CLÁUSULA ABUSIVA, …«pues si el Juez nacional tuviera la facultad de modificar el contenido de las cláusulas abusivas, debilitaría el efecto disuasorio que ejerce sobre los profesionales (Bancos) el hecho de que, pura y simplemente, tales cláusulas abusivas no se apliquen frente a los consumidores«.

¿Qué consecuencia tiene la declaración de nulidad de los intereses de demora en ese caso?

La doctrina del Tribunal Europeo ha sido reinterpretada por el Tribunal Supremo en el sentido siguiente:
Declarada abusiva la cláusula de los intereses de demora («moratorios») en el préstamo hipotecario, la NULIDAD solo afectará al exceso respecto del interés remuneratorio pactado, que se seguirá devengando.
Es decir, el deudor hipotecario deberá abonar el interés remuneratorio pactado y NO EL INTERÉS MORATORIO que figure en la hipoteca.

EJEMPLO:

Se había pactado en la hipoteca un interés remuneratorio del euribor + 1,5 puntos, y un interés moratorio del 19%.
Declarada la nulidad del interés moratorio se seguirá devengando el interés REMUNERATORIO, en este caso sería el euribor + 1,5 puntos.

¿ Qué ha dicho el Tribunal Supremo sobre la nulidad de los intereses de demora en el préstamo hipotecario  ?


Como venimos diciendo, el Tribunal Supremo consideró que declarada nula por abusiva la cláusula del interés moratorio del préstamo hipotecario, el préstamo debería seguir devengando el interés remuneratorio pactado y no el moratorio que figurase en la hipoteca.
No obstante y como quiera que esta solución podía generar dudas de interpretación con la Directiva Europea 93/13, el Tribunal Supremo elevó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia Europea, que finalmente dictó sentencia en fecha 7 de agosto de 2018 declarando que:
«La Directiva 93/13 debe interpretarse en el sentido de que NO SE OPONE a una jurisprudencia nacional, como la del Tribunal Supremo cuestionada en los litigios principales,. según la cual la consecuencia del carácter abusivo de una cláusula no negociada de un contrato de préstamo celebrado con un consumidor que establece el tipo de interés de demora consiste en la supresión total de los intereses de demora, sin que dejen de devengarse los intereses remuneratorios pactados en el contrato».

EN RESUMEN:

El Tribunal Europeo avala la postura del Tribunal Supremo.

SENTENCIA del Pleno del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 28 de Noviembre de 2018:

«La consecuencia de lo expuesto es que procede aplicar la doctrina jurisprudencial establecida en las sentencias 265/2015 de 22 de Abril, 470/2015 de 7 de septiembre, 469/2015 de 8 de ase septiembre,… y 346/2016 de 3 de junio, sobre los efectos de la nulidad de la cláusula sobre intereses de demora, cuyo ajuste a las exigencias del Derecho de la Unión ha sido declarada por el Tribunal de Justicia.
De acuerdo con esta doctrina, no es correcta la solución adoptada en la sentencia recurrida, consistente en sustituir el interés de demora abusivo por el consistente en el triple del interés legal del dinero, previsto en el artículo 114.3 de la Ley Hipotecaria como límite a los intereses de demora de préstamos o créditos para la adquisición de vivienda habitual, garantizados con hipoteca constituidas sobre la misma vivienda.
Pero tampoco puede aceptarse la solución sostenida por el recurrente (CLIENTE), consistente en que una vez que dejó de pagar las cuotas  del préstamo e incurrió en mora, el préstamo dejó de devengar interés alguno.
La solución, conforme a lo dispuesto en las sentencias de esta Sala citadas en los párrafos precedentes, es que, DECLARADA LA NULIDAD de la cláusula que establece el INTERÉS DE DEMORA, cuando el prestatario incurra en mora el capital pendiente de amortizar SIGUE DEVENGANDO EL INTERÉS REMUNERATORIO fijado en el contrato

Aeropuerto Alicante información

https://cadenaser.com/emisora/2020/06/18/radio_alicante/1592484934_284896.html

COVID desde Brasil

https://www.diariosur.es/sociedad/salud/peligro-segunda-oleada-20200618181738-nt.html#vca=web-push&vso=diariosur&vmc=Preocupa_el_foco_brasile%C3%B1o&vli=_

información

https://www.facebook.com/humberto.garciasalgado.7/videos/1189642288062911/?sfnsn=scwspmo&extid=Tqjrk3GOr6mDt0sd&d=n&vh=i

LATAM dejará de operar en

[LATAM Airlines dejará de operar en Argentina debido al coronavirus] https://va.newsrepublic.net/al/rMcNrZR

Canarias pierde más 10.000 extranjeros

[Canarias pierde más de 10.000 extranjeros afiliados a la Seguridad Social en mayo] https://va.newsrepublic.net/al/SSedrZR

Sin Comentarios

https://youtu.be/nxDxpyhr-ns

Policía intercepta droga

[Interceptada una furgoneta con 1.500 kilos de hachís y arrestado su conductor y tres personas más] https://va.newsrepublic.net/al/TpydrZR

Viajar en AVE con la nueva normalidad

[Así se viajará en AVE con la «nueva normalidad»: Mascarillas obligatorias, toallitas y adiós a la cafetería] https://va.newsrepublic.net/al/hUYdrZR

UME han requerido apoyo psicológico

[Hasta 2.200 militares de la UME han requerido apoyo psicológico tras luchar en primera línea contra la COVID] https://va.newsrepublic.net/al/SYkdrZR

Aeropuerto Prat ampliación pero con retrasos

https://www.europapress.es/catalunya/noticia-corrochano-aeropuerto-barcelona-mantiene-ampliacion-asume-retrasos-20200618143602.html

La Guardia Civil desarticula un grupo criminal

[La Guardia Civil desarticula un grupo criminal que robó cinco veces en un supermercado de Mula] https://va.newsrepublic.net/al/SprdrZR

Level Europe en quiebra

[Level Europe (IAG) se declara en quiebra por la paralización de la actividad durante la pandemia] https://va.newsrepublic.net/al/fbrdrZR

Euskadi complementara los ERTEs

[Euskadi complementará con hasta 150 euros al mes los ERTEs a los trabajadores con los salarios más bajos] https://va.newsrepublic.net/al/YdRNrZR

Qantas suspende vuelos internacionales

[Aerolínea australiana Qantas suspende sus vuelos internacionales hasta octubre] https://va.newsrepublic.net/al/bURNrZR

los ERTE están para quedarse

[Pedro Sánchez dice que los ERTE "están para quedarse"] https://va.newsrepublic.net/al/NfRNrZR

Fumata Negra en los ERTEs

[Fumata negra: Aún no hay acuerdo para prorrogar los ERTEs] https://va.newsrepublic.net/al/jwjdrZR

Solicitudes 212.000 IMV

[La Seguridad Social ya ha recibido 212.000 solicitudes del IMV en solo tres días] https://va.newsrepublic.net/al/ccNdrZR

Policías Nacionales heridos

[Cuatro policías nacionales resultaron heridos con arma Blanca al intentar reducir a un paciente psiquiátrico] https://va.newsrepublic.net/al/QYfdrZR

Comercios Barcelona Cierran

[El 3,3% de los comercios de barrio de Barcelona baja la persiana definitivamente] https://va.newsrepublic.net/al/yRpNrZR

Detenido un Latín King

[Detenido un Latin King por el apuñalamiento de un Trinitario en un parque de Ciudad Lineal] https://va.newsrepublic.net/al/RYkQrZR

Pedro Sánchez abandona a jl Abalos

[Pedro Sánchez abandona por escrito a José Luis Ábalos en el 'Delcygate'] https://va.newsrepublic.net/al/SMQQrZR

Hostal con Covid

https://www.canarias7.es/sociedad/sanidad/aislado-un-hostal-por-un-brote-con-un-fallecido-MB9355349#pk_campaign=MASwpn&pk_kwd=Aislado+un+hostal+por+un+brote%2C+con+un+fallecido

Tema Okupa

https://www.facebook.com/376573025871689/posts/1558692667659713/

AENA imprevisión

La imprevisión de Aena genera largas colas en Barajas | Noticias de Aerolíneas | Revista de turismo Preferente.com https://www.preferente.com/noticias-de-transportes/noticias-de-aerolineas/la-imprevision-de-aena-genera-largas-colas-en-barajas-301184.html

Un hombre acompaña a su mujer al centro médico y muere tras ser succionado por una máquina de resonancia magnética: las redes sociales no dan crédito

Cuando parece que nada puede sorprendernos, salta una noticia que sí lo hace. Y con creces. Esto se debe precisamente a lo que le ha sucedid...