Cómo es el nuevo impuesto que encarecerá el aire acondicionado a partir del 1 de septiembre
El nuevo impuesto grava la fabricación o instalación, importación o adquisición intracomunitaria de equipos de refrigeración, y supondrá un incremento en los precios superior al 5%
La reforma del impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero se aprobó el pasado 8 de julio y modifica una norma existente desde 2014
Diferentes asociaciones del sector consideran un "atropello fiscal injustificado" el nuevo gravamen
El precio de los aires acondicionados y otros sistemas de refrigeración se incrementará entre un 5% y un 10% desde el próximo 1 de septiembre, como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. La reforma de este tributo, que existe desde 2014 pero que hasta ahora solo afectaba a los que vendían directamente los gases fluorados al consumidor final, se aprobó el pasado 8 de julio, a través de una enmienda introducida en la Ley 14/2022 sobre Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
El nuevo impuesto grava la fabricación o instalación, importación o adquisición intracomunitaria de equipos de refrigeración, como es el aire acondicionado o un congelador. Esto supone que afectará, desde comienzos del próximo mes, a sectores como los supermercados, la industria alimentaria, la automoción, la hostelería, y grandes almacenes que vendan aparatos de calor y frío.
Cambios en los tipos y la base imponible
El gravamen medioambiental afecta a los gases fluorados --los hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PFC) y el hexafluoruro de azufre (SF6)-- que tienen un elevado potencial de calentamiento atmosférico y se crean artificialmente para procesos de refrigeración y climatización principalmente, pero también para la extinción de incendios, aerosoles y espumas de aislamiento térmico y eléctrico.
La reforma supone una rebaja de tipos, que pasarían del 2% al 1,5% a aplicar al potencial de calentamiento atmosférico (PCA) que corresponda cada gas, con un máximo de 100 euros por kilo. También completa la regulación sobre la base imponible, que se limitaba al peso de los gases, para catalogar la base imponible de aparatos, productos o equipos que contengan gases pero no cuenten con datos necesarios para determinar la base imponible.
Entre las exenciones planteadas al impuesto está su uso como materia prima para su completa transformación química y para su destrucción, su utilización en equipos militares o a incorporar en buques o aeronaves de navegación marítima o aérea internacional (excluida la privada de recreo).
Críticas de los sectores afectados
Desde la Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías (AEFYT) ha habían señalado, meses antes de su aprobación, que esta reforma “mermaría la competitividad de los sectores afectados, que facturan más de 130.000 millones de euros y emplean a más de 750.000 personas”.
La organización, junto con una veintena de asociaciones de los sectores afectados, explicó en un comunicado su intención de oponerse a lo que consideran un “atropello fiscal injustificado”. Aseguran que se trata de un impuesto que no está alineado con las políticas de la Unión Europea, que repercutiría negativamente en la economía y en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, y que fomentaría el fraude y el comercio ilegal de refrigerante y equipos.
Según AEFYT, con la nueva normativa España se convierte en el primer país de la Unión en penalizar el consumo responsable (y no la emisión) de refrigerantes, desviándose el principio europeo de “quien contamina, paga”, incluso aunque sean energéticamente. Aseguran que otros países comunitarios, o bien sólo se limitan a seguir el reglamento de la Unión Europea, o bien excluyen del impuesto a los equipos e instalaciones nuevas, gravando sólo las emisiones reales.
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