Subsidio para mayores de 52 años: esta es la razón principal para solicitarlo si te queda poco para jubilarte
La cuantía mensual de este subsidio es de 463,21 euros, ya que esta es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples
- ANDREA GARROTE.........larazon
Asimismo, esta ayuda destaca por ser la única de entre todos los subsidios que cotiza para la jubilación y que da cobertura a las personas desempleadas hasta que cumplan la edad de retirarse. Esto quiere decir que este profesional con más de 52 años que se encuentre en paro percibirá la cuantía previamente mencionada o bien hasta que se jubile o si encuentra un nuevo empleo antes de la edad ordinaria de jubilación a los 65 años.
Por tanto, desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) avisan a las personas desempleadas de porqué es más ventajoso cobrar este subsidio en vez de otros. Asimismo, otra de las razones para solicitar esta ayuda es que aquellos que quieran cobrar una pensión contributiva de jubilación deberán haber cotizado un mínimo de 15 años y que al menos dos de esos quince estén comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de jubilarse. Por tanto, de esta forma, las personas que no puedan acceder al mercado laboral si que podrán obtener la jubilación.
Requisitos para solicitarlo
-Estar desempleado.
-No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
-Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo.
-No haber rechazado ofertas de empleo o cursos de formación durante ese mes.
-Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del SMI. Si no cumpliera este requisito en la fecha del hecho causante, podrá acceder al subsidio si lo cumple y lo acredita dentro del plazo de un año desde entonces.
-Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio. No obstante, este requisito no es imprescindible. “Si en la fecha en que se encuentre en alguno de estos supuestos no hubiera cumplido la edad de 52 años, pero desde dicha fecha permaneciera inscrito o inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo, podrá solicitar el subsidio cuando cumpla esa edad”, señala el SEPE. Además, no se tendrán en cuenta las posibles interrupciones inferiores a 90 días o que correspondan a periodos de actividad por cuenta propia o ajena.
-Acreditar que reúne todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la jubilación (es decir, haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 años han de estar dentro de los últimos 15).
-Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
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