El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ya tiene casi preparado el borrador con la revalorización de las pensiones que beneficiará a 10,7 millones de pensionistas. De estos, 10,2 millones se corresponde a pensiones contributivas de jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares y 454.927 para los beneficiarios de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez. La subida beneficiará a todos, pero se acentuará más en las prestaciones mínimas de jubilación y de viudedad y las no contributivas.
Para regular la subida de subidas de las pensiones, antes de publicarse el Real Decreto con la norma, el ministerio publica el proyecto del Real Decreto sobre las limitaciones de la cuantía inicial de las pensiones públicas. Este documento, que puede consultarse en este enlace, explica que las pensiones mínimas en 2025 tendrán un incremento superior al valor medio del Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual, explicando como se calcula este incremento.
Cómo se calcula la pensión mínima
El cálculo de la pensión mínima para 2025 se basa en la revalorización anual según el IPC interanual de diciembre 2023 a noviembre 2024. En el caso de que la pensión mínima no alcanzase el mínimo vigente para su categoría y situación familiar, estos pensionistas podrán acceder al complemento a mínimos.
Este complemento se calcula para que el beneficiario alcance la cuantía mínima fijada en el Real Decreto. Actualmente, para acceder a él, es necesario cumplir ciertos requisitos mínimos, como no superar un determinado nivel de rentas, ya que su objetivo es garantizar un ingreso mínimo al pensionista. Este límite de ingresos está regulado por la normativa vigente y puede variar según las circunstancias del beneficiario, como tener cónyuge a cargo, lo que incrementa la cuantía del complemento.
Ahora, las cuantías mínimas específicas para cada categoría de pensión, como jubilación, viudedad u orfandad, están detalladas en los anexos del Real Decreto. Estos importes se fijan con el objetivo de garantizar que los beneficiarios puedan cubrir sus necesidades básicas, alineándose con los indicadores de suficiencia económica y el umbral de pobreza. Este umbral se calcula conforme a los datos de la Encuesta de Condiciones de Vida (ECV), ajustándose al crecimiento medio interanual de los últimos ocho años.
Subida de las pensiones mínimas para 2025
Según explica este documento, la Seguridad Social se basa en los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) y su Encuesta de Condiciones de Vida (ECV) para actualizar las pensiones mínimas. Para evitar que estas pensiones queden desfasadas, se sigue una evolución acorde al crecimiento de los años anteriores. Para 2025, el umbral de pobreza se estima que aumentará un 4,26%, situándose en 11.944,88 euros al año.
Las pensiones mínimas tendrán un aumento adicional que costará cerca de 900 millones de euros, con el objetivo de acercarlas progresivamente al umbral de pobreza. Así quedarían quedarían las pensiones mínimas según publica El Economista:
Pensiones de jubilación
Se estima que esta subida beneficie a 1,2 millones de pensionistas:
- Titular con 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 772,90 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 817,70 €/mes.
- Titular menor de 65 años:
- Gran invalidez (65 años):
- Con cónyuge a cargo: 1.690,70 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 1.244,50 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 1.311,10 €/mes.
Incapacidad permanente
Según los datos de la Seguridad Social, beneficiará a 138.000 personas que cobran el complemento a mínimos:
- Gran invalidez:
- Con cónyuge a cargo: 1.690,70 €/mes (461 beneficiarios).
- Con cónyuge no a cargo: 1.244,50 €/mes (526 beneficiarios).
- Sin cónyuge (unipersonal): 1.311,10 €/mes (894 beneficiarios).
- Incapacidad absoluta:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes (8.821 beneficiarios).
- Con cónyuge no a cargo: 829,70 €/mes (15.793 beneficiarios).
- Sin cónyuge (unipersonal): 874,10 €/mes (28.774 beneficiarios).
- Entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes (9.434 beneficiarios).
- Con cónyuge no a cargo: 772,90 €/mes (21.986 beneficiarios).
- Sin cónyuge (unipersonal): 817,70 €/mes (15.711 beneficiarios).
- Menores de 60 años (enfermedad común):
- Con cónyuge a cargo: 644,30 €/mes (5.352 beneficiarios).
- Con cónyuge no a cargo: 638,80 €/mes (2.044 beneficiarios).
- Sin cónyuge (unipersonal): 644,30 €/mes (29.079 beneficiarios).
Pensiones de viudedad
Beneficiarán a 581.000 personas:
- Titular con cargas familiares: 1.127,20 €/mes (15.010 beneficiarios).
- Titular con 65 años o discapacidad superior al 65%: 874,10 €/mes (516.522 beneficiarios).
- Titular entre 60 y 64 años: 817,70 €/mes (29.272 beneficiarios).
- Titular menor de 60 años sin cargas: 662,20 €/mes (20.985 beneficiarios).
Pensiones de orfandad y a favor de familiares
- Orfandad: 267,40 €/mes.
- A favor de familiares: 267,40 €/mes.
Por último, para recibir complementos por pensiones inferiores a la cuantía mínima, los ingresos del beneficiario no pueden superar los 10.717 euros anuales si tiene cónyuge a cargo, o los 9.188 euros anuales si vive solo o sin cónyuge a cargo.
Subida de las pensiones contributivas en 2025
Como hemos mencionado, se prevé que en 2025, a falta de conocer el dato definitivo, las pensiones se revaloricen un 2,75%. Teniendo en cuenta esta previsión y los datos más recientes sobre la pensión media publicados por el Ministerio de la Seguridad Social,
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