sábado, 1 de febrero de 2025

La ordenanza de circulación entra en vigor: cambios, excepciones… y más multas

 totbarcelona


A partir de este sábado 1 de febrero, la Guardia Urbana puede poner multas de hasta 500 euros por las infracciones más graves

La nueva ordenanza de circulación de Barcelona ha entrado en vigor este sábado. A partir de este 1 de febrero, es obligatorio que los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal lleven casco, prohíbe que las bicicletas y los patinetes puedan ir por la acera e introduce bastantes restricciones al aparcamiento de motos en la acera. Otra de las grandes novedades es que se incrementa la tipología y la cantidad de las multas que la Guardia Urbana puede poner a los conductores de vehículos de dos ruedas. El cambio normativo tiene por objetivo “proteger a los actores más frágiles”, según explica la primera teniente de alcaldía, Laia Bonet. La nueva ordenanza prevé multas de hasta 500 euros para las infracciones más graves.

Multas a los patinetes

La ordenanza de circulación, peatones y vehículos anterior databa de 2017 y el Ayuntamiento ha pactado con los grupos municipales diversos cambios para adaptarla a las nuevas formas de movilidad, en especial por la gran proliferación de patinetes eléctricos, que son los que acaparan más novedades. Además de la obligación de llevar casco, se introducen nuevas restricciones que se añaden a otras que ya estaban en vigor, como la prohibición de uso a menores de 16 años o la obligación de circular por carriles bici o calles con límite 30. Ahora el nuevo texto quiere “clarificar las condiciones de circulación” y prohíbe que los patinetes circulen por calles de 50 kilómetros por hora y establece la velocidad máxima a 25 km/h, que baja a 10 km/h en los carriles bici que están sobre la acera.

  • No llevar casco – 100 euros
  • Circular con más de una persona – 100 euros
  • No llevar luces delanteras o traseras – 100 euros
  • No bajar del patinete en puntos de aglomeración de peatones – 100 euros
  • El usuario tiene menos de 16 años – 200 euros
  • Aparcar en un carril bici para realizar una actividad de carga y descarga – 200 euros
  • Circulación por una calle de 50 km/h – 500 euros
  • Circular por la acera – 500 euros

Multas a las bicis

En cuanto a las bicicletas, la prohibición general de circular por la acera tiene una excepción: los menores de 12 años y los adultos que los acompañan, que sí pueden circular por cuestiones de seguridad. El límite de edad se amplía hasta los 14 años en aquellas calles que no tienen carril bici, por donde también podrán circular los adultos que transporten menores de edad en sillas homologadas o sistemas de remolque. Fuera de estas excepciones, circular por la acera supone una multa de 500 euros, la máxima prevista por la ordenanza. 

  • No bajar de la bici en puntos de aglomeración de peatones – 100 euros
  • Atar la bici a semáforos, bancos, árboles, contenedores o mobiliario urbano – 100 euros
  • Aparcar en un carril bici para realizar una actividad de carga y descarga – 200 euros
  • Circular por la acera – 500 euros

Multas a las motos

  • Aparcar en aceras de menos de 3 metros – 50 euros
  • Aparcar en puntos donde se obstruye el uso de contenedores – 50 euros
  • Aparcar en espacios adyacentes a aparcamientos de bicicletas – 100 euros
  • Aparcar en vados de peatones – 100 euros
  • Aparcar en carriles bici – 200 euros
  • Aparcar en un carril bici para realizar una actividad de carga y descarga – 200 euros
  • Aparcar en aceras de acceso a escuelas y hospitales – 500 euros


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