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El Tribunal Supremo (TS) continúa dilatando la publicación del fallo judicial que debería ser definitivo para poder determinar con claridad la validez de las hipotecas referenciadas al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), que en España afectan a alrededor de un millón de contratos y cuya anulación puede suponer para las entidades financieras la pérdida de miles de millones de euros, entre 16.000 y 44.000, según las estimaciones de diversas fuentes consultadas.
El alto tribunal español debe pronunciarse después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) abriese el pasado diciembre la puerta a la anulación definitiva de este índice por su falta de transparencia. En su fallo instaba a los jueces españoles a revisar especialmente si el contrato recogía con claridad los pormenores del IRPH -sobre todo a lo relativo a su método de cálculo y publicación en el BOE- y si se aludía en el mismo a la Circular 5/1994 del Banco de España, donde el regulador bancario advertía de que si los préstamos se encarecían mucho, había que aplicar un diferencial negativo para bajar la cuota.
El pleno del Supremo se reunió el pasado día 1 para tratar el asunto pero de aquel encuentro no hay aún noticias. La deliberación de los magistrados puede tardar todavía algún tiempo más en materializarse en una sentencia firme dada la importancia del asunto, aunque lo habitual es que no se demora más allá de este mismo mes.
Aunque las sentencias sobre las hipotecas IRPH favorables a los intereses de los consumidores se han dado en distintas instancias, hay un fallo judicial especialmente significativo y que sienta un precedente jamás visto en España hasta la fecha. Fue el que realizó el pasado mes de marzo el Juzgado de Primera Instancia número 8 de San Sebastián, especializado en cláusulas abusivas. En su sentencia, el tribunal anuló totalmente una hipoteca referenciada al IRPH, en lugar de sustituir del índice por otro como puede ser el euríbor y continuar con el préstamo.
El juzgado donostiarra establece en su sentencia que la cláusula referida al IRPH en el caso del cliente de Kutxabank "no supera el control de transparencia", porque, entre otros, "no recoge la definición completa" de este índice hipotecario ni su método de cálculo, "no remite a una dirección fiable en la que localizarlos" y "no cita la circular pertinente del Banco de España que ilustre al respecto".
Sentencia histórica y devolución íntegra con intereses
De esta forma, se reconoce por primera vez en España el derecho del cliente bancario a optar por la nulidad total su hipoteca y se establece con claridad la existencia de falta de transparencia en la comercialización de este índice hipotecario.
En la práctica supone que el demandante recupera todas las cantidades e intereses pagados al banco, al que solo deberá restituir el capital del préstamo; es decir: únicamente el dinero solicitado para la compra del inmueble, sin los gastos de gestión, notaría e impuestos adicionales abonados por la entidad financiera en su momento.
En concreto, la sentencia decreta la "nulidad radical" del contrato y condena al cliente a reembolsar a Kutxabank "el capital recibido en préstamo sin adición de ningún tipo de interés" y al banco a reintegrar a este "el importe de las cuotas mensuales y gastos abonados hasta ahora", incrementados con los intereses correspondientes.
Los letrados José María Erauskin y Maite Ruiz, del despacho Res, que sido el que ha defendido al consumidor afectado, en declaraciones a la agencia Efe, han considerado que la sentencia refleja sobre el papel la mayor parte de los argumentos que han esgrimido "ante infinidad de jueces y tribunales nacionales" en numerosos casos similares y que pueden servir de precedente para otros consumidores.

¿Qué es el IRPH?
El IRPH es un índice oficial reconocido por el Banco de España. Para calcularlo, se hace la media de los intereses a los que los bancos colocan sus hipotecas. Es el segundo índice más utilizado en los préstamos para la compra de viviendas solo por detrás del Euríbor, cuyo cálculo va unido a los préstamos entre banco.
En 2013, cuando el Euríbor empezó su descenso a valores cercanos al cero, el IRPH se mantuvo estable en el 2%. Esto supuso un encarecimiento de las cuotas de las hipotecas afectadas entre 200 y 300 euros al mes, según plataformas de afectados como Asufin o IRPH Stop Gipuzkoa.
Las diferentes asociaciones creen que hubo falta de información a la hora en su comercialización. "Es un índice engañoso para los usuarios porque es muy difícil comprender semejantes fórmulas ni sus ventajas ni sus inconvenientes y que fue comercializado fraudulentamente. Se ofrecía como las cláusulas suelo como un beneficio para el consumidor. Se decía que iban a estar más protegidos y se ha demostrado falso", ha asegurado Manuel Pardos, presidente de la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (Adicae).
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