lunes, 12 de enero de 2026

Canal Noticias : Los cuatro casos que dan derecho a una rebaja del IBI en Barcelona

  Beteve


Las familias numerosas tienen un descuento permanente, mientras que en el caso de las familias que estrenan piso o las de protección oficial el descuento está limitado en el tiempo.




Hay determinadas familias de Barcelona con un piso de propiedad que tienen derecho a una bonificación en el IBI que va estrechamente relacionada al tipo de piso y a los ingresos o a las características de la unidad familiar. ¿En qué casos pasa? Repasamos a continuación quién se puede beneficiar.

1- Pisos nuevos

Las familias que estrenen un piso de nueva construcción o que hayan hecho una rehabilitación integral de su piso tienen derecho durante un máximo de tres periodos impositivos a beneficiarse de una bonificación del 90 % de la cuota íntegra del impuesto. El plazo para beneficiarse de la bonificación va desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta su finalización, siempre que durante ese periodo se hagan obras de urbanización o construcción efectiva.

2- Pisos con energía solar

Pueden disfrutar de una bonificación del 50 % durante un máximo de tres periodos impositivos los propietarios de pisos en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol. Las viviendas deben constar en el registro de autoconsumo de Cataluña (RAC).

3- Viviendas de protección oficial

Los barceloneses que vivan en un piso de protección oficial tienen derecho a una bonificación del IBI durante seis años. En los primeros cuatro años la bonificación es del 50 % de la cuota, el quinto periodo impositivo la rebaja es del 30 % y el sexto periodo impositivo del 10 %.

De forma no acumulativa con la bonificación anterior también está la opción durante 10 años más de disfrutar de una bonificación para las familias que no tengan ningún otro piso en propiedad y que tengan unos ingresos anuales escasos como unidad familiar. Deben ser iguales o inferiores a los que se expresan en el siguiente cuadro:

Miembros unidad familiarBonificación 50 %
Límite ingresos anuales
Bonificación 40 %
Límite ingresos anuales
Bonificación 30 %
Límite ingresos anuales
19.080 €9.534 €9.988 €
215.436 €16.208 €16.980 €
3 o más18.160 €19.068 €19.976 €
manzana Glories vivienda

4- Las familias numerosas

En este caso, cuando la familia está formada por dos adultos y tres criaturas o más no hay límite de tiempo en la bonificación siempre que todos los miembros de la familia numerosa acreditada esté empadronados en el mismo piso de la ciudad. En este caso, la unidad familiar puede tener otros pisos en propiedad. Hay que tener en cuenta que un hijo con discapacidad o incapacidad para trabajar, cuenta como dos, por lo tanto una familia de dos adultos y dos niños, uno de ellos con discapacidad, tiene las mismas ventajas que las familias numerosas.

Hay dos categorías establecidas por la Generalidad, las familias numerosas de categoría general y la categoría especial, que incluye aquellas familias que tienen cinco hijos o más. Las familias de cuatro hijos que tienen unos ingresos anuales que no superan el 75 % del Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente, o en el caso de que tres de los cuatro hijos sean de parto, adopción o acogimiento múltiple, también son consideradas de categoría especial. La bonificación al IBI en el caso de este tipo de familia varía en relación de los ingresos y la categoría:

Renta unidad familiarBonificación categoría general FNBonificación categoría especial FN
Hasta 29.180 €80 %90 %
De 29.181 a 36.475 €50 %60 %
De 36.476 a 45.594 €30 %40 %
De 45.595 a 56.992 €20 %30 %
De 56.993 a 71.240 €10 %20 %
De 71.241 a 90.000 €5 %15 %

Las familias numerosas que tengan una renta superior a los 90.000 euros también tienen una bonificación del 5 % en el caso de la categoría general y del 15 % en el caso de la categoría especial siempre que el inmueble que sea su domicilio habitual tenga un valor catastral igual o inferior a 300.000 euros.

Las monoparentales, descartadas

El modelo familiar en el que sólo existe el ingreso de un adulto, en general una mujer, y uno o más niños, desde 2020 no tiene derecho a ninguna bonificación en el caso del IBI que recauda el Ayuntamiento de Barcelona. El argumento para eliminar la bonificación fue que se tenían que destinar recursos a la crisis de la covid, pero una vez superada la crisis no se ha recuperado la bonificación.

Según la Asociación de Familias Monoparentales "la falta de una ley de familias que reconozca nuestro modelo de familia a nivel estatal es la excusa perfecta para que siempre quedemos al margen de posibles exenciones que harían nuestro camino un chico, sólo un chico, más cómodo".

De hecho en diciembre de 2023, Josep Maria Reniu de ERC presentó al Senado una propuesta para modificar la Ley reguladora de las haciendas locales (TRLRHL) para que se equiparan las familias monoparentales con las numerosas con respecto a la bonificación del IBI. La propuesta se votó en contra.

En enero de 2025, hace ahora un año, en la Comisión de Economía y Hacienda del Ayuntamiento se aprobó por unanimidad una proposición para recuperar la bonificación en el IBI para las familias monoparentales pero no se ha materializado en la ordenanza municipal. Puede consultar, aquí, toda la ordenanza fiscal reguladora vigente del impuesto de bienes inmuebles




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