domingo, 3 de mayo de 2026

Canal Noticias : Confirmado por el Ayuntamiento: la nueva ayuda de 6.000 euros que pueden solicitar los propietarios para rehabilitar la vivienda

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La vivienda sigue siendo uno de los principales quebraderos de cabeza de la ciudadanía. Además, son muchos hogares los que no están acondicionados a los nuevos tiempos, ni energéticamente y climáticamente.

Ante esta situación, el Ayuntamiento de Barcelona ha puesto a disposición de los propietarios unas ayudas a la rehabilitación de la vivienda con el objetivo de mejorar la eficiencia energética.

Esta línea de subvención se dirige a las personas propietarias que desean adoptar medidas para mejorar la eficiencia energética de su domicilio habitual, como la modificación de cierres, el cambio de ventanas o el cambio de sistemas de climatización que sustituyan las energías fósiles por energías renovables o biomasa.

Estas actuaciones, además del ahorro económico que conllevan en el consumo energético del hogar, contribuirán a mitigar los efectos del cambio climático y construir una ciudad más sostenible.

Convocatorias

Esta dotación de 10 millones de euros se articulará a través de dos convocatorias diferenciadas. La primera, que ya está en marcha y acabará en el mes de junio, dispone aproximadamente de 4 millones de euros procedentes de los fondos europeos Next Generation y de dotaciones municipales.

Una vez se cierre, se pondrá en marcha la segunda convocatoria, que estará dotada con un presupuesto de 6 millones de euros de fondo 100 % municipales. Esta estrategia busca garantizar la continuidad de las políticas públicas de rehabilitación en el tiempo.

Hasta 6.000 euros

Esta ayuda permitirá subvencionar hasta 6.000 euros del total de la inversión, sin que el importe pueda superar el coste total de la obra. En cualquier caso, el coste mínimo de la actuación será de 1.000 euros para poder optar a la subvención.

Pero para ello, se debe cumplir con varios requisitos. En esta línea, el inicio de las actuaciones subvencionables debe ser posterior al 1 de febrero de 2020.

Además, las viviendas por las que se solicite la ayuda de este programa deben constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de presentar la solicitud. Esta circunstancia podrá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento.

Y, el plazo de ejecución de las obras no puede superar los 12 meses contados desde la fecha de concesión de la ayuda y tendrán que haber finalizado antes del 30 de junio de 2026.

Incompatibilidades

Las subvenciones de esta convocatoria serán incompatibles con determinadas convocatorias de ayudas a la rehabilitación de la ciudad de Barcelona.

En concreto, no podrán combinarse con el Programa de rehabilitación a nivel de barrio, el Programa de actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas ni el Programa para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (programas 1, 4 y 5) en los barrios de El Besòs i el Maresme, El Congrés i los Indians, la Pau, Trinitat Vella y Canyelles.

Tampoco serán compatibles en edificios de uso residencial situados en el ámbito ERRP del Pla de Barris ni en el ámbito ERRP de edificios en suelo público.

Asimismo, estas ayudas serán incompatibles con el Programa de rehabilitación a nivel de edificio para tipologías residenciales unifamiliares y plurifamiliares, así como con el Programa de actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y el Programa para la elaboración del libro del edificio existente y redacción de proyectos de rehabilitación (programas 3, 4 y 5).

No obstante, esta incompatibilidad no se aplicará si, con posterior a la solicitud de esta ayuda, la comunidad de propietarios presenta una solicitud para alguna de las ayudas a nivel de edificio correspondientes a las convocatorias anteriormente indicadas.

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