sábado, 11 de septiembre de 2021

Esta es la única prestación que puedes cobrar de manera indefinida

 

Esta es la única prestación que puedes cobrar de manera indefinida



Siempre que un beneficiario cumpla los requisitos durante el tiempo de cobro, podrá seguir cobrando este subsidio, en caso contrario, se lo podrían retirar.




Diego Fernández


A pesar de que la mayoría de las prestaciones y subsidios económicos tienen una duración límite para poder cobrarla, existe un caso en el que dicha ayuda se puede cobrar de manera indefinida. Se trata del Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación que aprobó el pasado año 2020 el Gobierno de España tras el inicio de la crisis sanitaria y económica que provocó el Covid-19

Sobre este Ingreso Mínimo Vital hay que recordar que no hay una cuantía fija para cobrarlo, sino que, dependiendo del contexto familiar y personal en que la persona solicitante lo pida, se podrá cobrar una cantidad u otra. Esto quiere decir que, por ejemplo, no se cobrará el mismo dinero si lo pide una persona que vive sola que si lo pide una persona que esté conviviendo con una unidad familiar y tenga personas a cargo. 

Además, para poder cobrarlo de manera indefinida es importante destacar que el beneficiario debe cumplir una serie de requisitos en todo momento siempre y cuando se esté recibiendo el subsidio. Y, además, también tiene que cumplir con una serie de obligaciones, ya que, en caso contrario, podría acarrear unas consecuencias. 

El Ingreso Mínimo Vital, una prestación indefinida pero con condiciones

El Gobierno de España, en el momento en el que aprobó la nueva prestación conocida como el Ingreso Mínimo Vital, también estableció que se podría cobrar de una manera indefinida. Por lo que, a diferencia del resto de subsidios, no tiene establecido un tiempo límite para recibirla. Aunque todo ello siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos y obligaciones por parte del beneficiario. 

Desde el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se establecieron siete requisitos que deben cumplirse en todo momento para que el beneficiario pudiera estar cobrando esta prestación. Para conocer cuáles son estos primeros requisitos que se deben cumplir se puede ampliar información a través de la guía sobre el Ingreso Mínimo Vital

Obligaciones que se deben cumplir

Pero los requisitos no son lo único que se debe cumplir por parte del beneficiario del IMV, sino que, para poder seguir recibiéndolo en el tiempo, también debe certificar que está cumpliendo con una serie de obligaciones. Estas también deberán acreditarlas durante todo el tiempo que estén cobrando el subsidio, aunque los beneficiarios no serán los únicos que deberán cumplir unas obligaciones, sino que las personas que formen parte de la unidad de convivencia también. Estas son:

  • Obligaciones del beneficiario.
    1. Entregar toda la documentación exigida por la Seguridad Social y asegurar que recibe las notificaciones por parte de ésta.
    2. Comunicar cualquier modificación que pueda suponer una suspensión o retirada del subsidio en un plazo de 30 días naturales. 
    3. Pagar el importe de posibles cobros indebidos que se hayan recibido, es decir, no tener deudas con el INSS ni con el SEPE.
    4. Comunicar la salida al extranjero, si se produce, por un periodo máximo de 90 días
    5. Presentar la declaración anual de rentas.
    6. Un desempleado mayor de edad o un menor de edad independizado deberá certificar, durante los 6 meses posteriores a la aprobación de la prestación, que está inscrito como demandante de empleo, menos cuando: 
      • Cursa estudios y es menor de 28 años. Deberá inscribirse como demandante una vez cumpla esa edad. 
      • Recibir una pensión contributiva de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez.
      • Cobrar una pensión contributiva de jubilación si se ha cumplido los 67 años.
      • Tener reconocida la situación de dependencia. 
      • Debe participar en las estrategias de inclusión que se realicen desde la Seguridad Social.
  • Obligaciones del resto de la unidad de convivencia: 
    1. Comunicar al INSS el fallecimiento del beneficiario.
    2. Dar parte de cualquier modificación que pueda suponer la suspensión de la ayuda.
    3. Presentar la declaración anual de rentas.
    4. Cumplir todas las obligaciones que se impongan al titular pero éste no las lleve a cabo. 
    5. También deberán participar en las estrategias de inclusión que se promuevan desde el Ministerio.

Todas estas obligaciones serán necesarias cumplirlas y acreditarlas durante todo el tiempo que se esté recibiendo el Ingreso Mínimo Vital. De no hacerlo, se pueden ver sancionados de dos maneras distintas. 

¿Qué ocurre si no se cumplen algunos requisitos y obligaciones del IMV?

Existen dos tipos de sanciones para aquellas personas o unidades de convivencia que sean beneficiarias del cobro del Ingreso Mínimo Vital y que no cumplan los requisitos y obligaciones. Ya sea una de ellas, si no se comunica debidamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, esto puede conllevar que, por un lado, se suspenda el cobro de la ayuda de manera temporal, y, por otro, se elimine definitivamente el derecho a recibir la prestación. Se puede perder la prestación, en un caso y en otro, debido a estas causas: 

  • Suspensión de la prestación: 
    • Pérdida temporal de alguna de las condiciones. 
    • Incumplimiento temporal de las obligaciones por parte de cualquier persona que forme parte de la unidad de convivencia.
    • Suspensión cautelar si se sospecha que se pueda incumplir algún tipo de requisito o obligación por parte del beneficiario.
    • Si se viaja al extranjero y se está más de 90 días naturales, aún habiéndolo comunicado
    • Si se ingresa más del límite legal establecido (el 75% del Salario Mínimo Interprofesional).
  • Eliminación definitiva del derecho a cobrarlo:
    • Fallecimiento del titular (si el beneficiario vive solo).
    • Pérdida irrecuperable de cualquiera de los requisitos mínimos que se exigen.
    • Pasar en el extranjero más de 90 días sin haberlo comunicado previamente. 
    • Renunciar al cobro de la prestación.
    • Si suspenden el pago de la prestación por más de un año.
    • Incumplimiento constante de los ingresos límite que se pueden percibir. 

Por eso, en el momento en el que se recibe el aprobado por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social para empezar a cobrar la prestación correspondiente el IMV, es de vital importancia notificar posibles cambios que se produzcan. Debido a que, en caso de no hacerlo, el beneficiario puede verse afectado por cualquiera de estas dos sanciones de retirada del subsidio. 




Un nuevo tiroteo devuelve el pánico a La Mina

 

Un nuevo tiroteo devuelve el pánico a La Mina



Metropoli   .........   DAVID GORMAN

 

Cuatro días después del tiroteo que sacudió a La Mina durante la noche del pasado 7 de septiembre, los Mossos d'Esquadra investigan otro suceso similar ocurrido en el barrio este sábado por la mañana. Según ha podido saber Metrópoli en exclusiva, esta mañana, 11 de septiembre, se ha producido otro intercambio de disparos en las calles de La Mina. 

Fuentes de la policía catalana han confirmado a este medio que los hechos se habrían producido esta mañana en la misma zona en la que el martes ya hubo otro tiroteo, en las inmediaciones del conocido como Bloc Venus.

Asimismo, las mismas fuentes policiales afirman a este diario que no le constan personas heridas, a pesar de que varios residentes del barrio aseguran a Metrópoli que habría al menos un herido por impacto de bala.

En estos momentos, efectivos de los Mossos se encuentran en el lugar recogiendo "varios casquillos de bala" del segundo tiroteo de esta semana.

DISPUTA ENTRE FAMILIAS

Los hechos suceden cuando los vecinos de Sant Adrià de Besòs todavía se recuperan del susto del pasado martes. Ese día por la noche se registraron más de una decena de tiros en la calle, aparentemente por una disputa entre familias. En este caso, un hombre resultó herido en un brazo y tuvo que ser ingresado en el Hospital del Mar de Barcelona.

Fuentes municipales confirman a este medio que el nuevo tiroteo "tiene relación con el anterior". Vecinos de la zona apuntan a dos clanes gitanos del barrio que, supuestamente, tendrían una "rivalidad ancestral": los Martí y los Garriga.

REUNIÓN ENTRE LA ALCALDESA E INTERIOR

Tras los sucesos del martes, Filo Cañete, alcaldesa de Sant Adrià, y Joan Ignasi Elena, conseller d'Interior, se reunieron este viernes para acordar cómo hacer frente a los episodios de violencia.

Ambos acordaron intensificar la colaboración entre la Policía Local y los Mossos d'Esquadra, aunque el conseller no concretó si iba a dotar al municipio de más efectivos de la policía catalana.

REACCIONES MUNICIPALES

La alcaldesa de Sant Adrià de Besòs no ha tardado en condenar el "episodio de violencia ocurrido en el barrio de la Mina". A través de su perfil oficial de Twitter, Cañete ha asegurado que no se cansará de "condenar" y ha añadido que siempre estará al lado de los que sufren: "continuaré trabajando para sumar esfuerzos en materia de seguridad en contra de los que actuan al margen de la ley y la convivencia". 

Estas son todas las ayudas que pueden solicitar las madres desempleadas

 

Estas son todas las ayudas que pueden solicitar las madres desempleadas


Una madre desempleada puede acceder hasta a nueve tipos de ayudas distintas que se ofrecen desde el SEPE y la Seguridad Social.




Diego Fernández


Con el final de la temporada alta de verano muchas son las personas que pierden sus puestos de trabajo, sobre todo temporales, entre ellas, se encuentran las madres, que pasan a ser mujeres trabajadoras a demandantes de empleo. Con el fin de poder ayudar a este sector materno de la población, se han lanzado varios tipos diferentes de ayudas económicas.

Estas prestaciones y subsidios se podrán pedir, en su gran mayoría, en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Aunque también hay casos en los que se deberá acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para solicitarlo, dependiendo siempre de la situación de la persona solicitante.

Cabe recordar que cada una de las ayudas, aunque sí es cierto que en varios casos puedan coincidir en la cuantía económica que se ofrece, tienen una duración determinada. Además, también contarán con una serie de requisitos específicos que se pedirán desde las administraciones públicas.

Ayudas para madres desempleadas que se solicitan al SEPE

A continuación se van a diferenciar varios tipos de ayudas diferentes a las que una madre que se encuentre en situación de demandante de empleo puede tener acceso. Para poder solicitarlas, la desempleada deberá tener en cuenta el contexto en el que se encuentra, ya que, dependiendo del tiempo cotizado, la edad y otros factores, podrá ser beneficiada con un tipo u otro de subsidio. Hay que destacar que todas estas prestaciones se deberán solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal.

Prestación contributiva por desempleo

El famoso paro es la primera de las ayudas que se ofrecen para una madre que se encuentra desempleada tras perder su puesto de trabajo, bien por un despido o porque se ha alcanzado el tiempo límite establecido en el contrato. Esta prestación contributiva por desempleo es la primera que no tiene una cuantía económica fija, sino que tendrá dos cantidades en función del tiempo que pase. 

Además, la cantidad económica que se cobrará dependerá de la nómina recibida durante los últimos seis meses, recibiendo, durante los primeros seis meses siguientes al despido, el 70% de dicha nómina. Si se supera este tiempo consumiendo el paso, la cantidad bajará al 50% del salario que tenía la trabajadora. 

También es importante recordar que para poder acceder a este tipo de ayuda se debe acumular, como mínimo, un año de cotización en la Seguridad Social, ya que, de tener menor, no podrá pedir esta ayuda, sino otra que se explicará a continuación. Si se cumple, se podrá solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal, ya sea de manera presencial, siempre con una cita previa. O también se puede solicitar de manera online siguiendo unos sencillos pasos que se explican en la guía sobre cómo solicitar la prestación contributiva por desempleo

Subsidio por insuficiencia de cotización

Si por el contrario al paro, la madre desempleada no ha cotizado el mínimo de tiempo obligatorio para poder solicitar la prestación contributiva, sí que puede tener acceso al subsidio por insuficiencia de cotización. Para ser beneficiaria de esta ayuda económica, que se fija en un cobro de 451,92 euros al mes, se ha de cumplir, como mínimo, un requisito indispensable, como es haber cotizado menos de un año a la Seguridad Social.

Además, el tiempo en el que se podrá recibir esta ayuda se trata de una duración limitada por el SEPE, y que dependerá del tiempo cotizado al INSS de la progenitora con cargas familiares. Para ello, se establecen dos fechas diferentes, todo ello de si se cotiza menos de 6 meses o más, pero siempre menos de un año. Esto es:

Para una madre desempleada, si ha cotizado menos de 6 meses, la duración de la prestación es la misma que los meses que haya trabajado. Hay que recordar que no pueden ser inferiores a 3 y no más de 5. Por lo que cobrará el subsidio durante tres o cinco meses, dependiendo de la cotización. Por otro lado, si se da el caso de que sí ha superado los 6 meses de cotización, el cobro de esta ayuda se podrá prolongar hasta un límite de 21 meses como máximo, es decir, un año y nueve meses. 

En el caso de estar situada en este contexto de cotización, deberá acudir a la siguiente guía explicativa en el que se detalla paso a paso cómo se puede solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización. Así como resolver todas las dudas que puedan surgir sobre el mismo. 

Ayuda familiar

La tercera ayuda que hay disponible para este sector de la población femenina es la conocida como ‘Ayuda familiar’. A este se llega una vez que la madre ha agotado el tiempo de prestación contributiva (o paro) y continúa como demandante de empleo sin haber encontrado trabajo.

En este caso, también se establece una cantidad a cobrar fija, como son los 451,92 euros mensuales, también por un tiempo determinado que se puede extender, desde los 6 meses, hasta los 30 meses (dos años y seis meses). Para poder acceder al tiempo máximo, se deberán cumplir una serie de requisitos mínimos. Además, también se tendrá en cuenta la situación familiar en la que se encuentre.

Para que una madre desempleada pueda conocer el tiempo límite en el que se puede cobrar esta ayuda, deberá esclarecer, primero, su situación familiar, dividiéndose en: 

  • Desempleada menor de 45 años.
    • Con paro de menos de cuatro meses: Le corresponden 18 meses de subsidio.
    • Con paro de más de cuatro meses: Le pertenecen 24 meses de subsidio.
  • Desempleados mayores de 45 años.
    • Con paro de menos de cuatro meses: Podrá cobrar esta ayuda durante 24 meses.
    • Con paro de más de cuatro meses: La recibirá durante el máximo de 30 meses. 

Si se cumplen estos primeros requisitos mínimos, la desempleada podrá solicitar esta ayuda al SEPE, pudiendo seguir los sencillos pasos a través del artículo sobre cómo solicitar la ayuda familiar. En el que, además, se especifican el resto de requisitos que se deben cumplir. 

Subsidio extraordinario por desempleo

Por otro lado también se encuentra el subsidio extraordinario por desempleo, las madres que deseen acceder a él, deben conocer se trata de una cuantía económica fija, que es de 451,92 euros al mes y se cobrará durante un tiempo límite de 6 meses, sin tener opción a prorrogar esta ayuda. Para poder ser beneficiaria de esta ayuda es necesario cumplir una serie de condiciones. 

Entre ellas, el SEPE tendrá en cuenta que la persona solicitante debe haber agotado el resto de subsidios a los que la afectada podría tener derecho. Además, tampoco podrá tener ingresos que sean superiores a un límite establecido y que tengan relación con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). 

Si se encuentra en esta situación de desempleo y va a solicitar este subsidio extraordinario, se deben tener en cuenta los requisitos mínimos e indispensables que se exigen desde el SEPE o antiguo INEM. Unas condiciones que se podrán consultar, así como los pasos para solicitarlo, a través del artículo sobre el Subsidio Extraordinario por Desempleo

Renta Mínima de Inserción

Por último, en relación a las ayudas que una madre desempleada puede solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal, hay que destacar, también, la Renta Mínima de Inserción. Esta ayuda también tiene una cuantía fija de 451,92 euros mensuales, y tiene una duración inicial de once meses, aunque desde el SEPE se permite que, dependiendo de la situación de la solicitante, pueda extenderla hasta alcanzar los 33 meses

Si se desea acceder a ella, primero se deberá certificar que se cumplen con la totalidad de los requisitos exigidos por la administración pública. Una vez que la persona los cumple, será necesario presentarla, pudiendo hacerla de manera presencial o través de internet, pudiendo seguir todos los pasos que se explican en esta guía sobre la Renta Activa de Inserción.

Ayudas para madres desempleadas que se solicitan a la Seguridad Social

Por otro lado, también existen una serie de ayudas que se pueden solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Se tratan tanto de ayudas económicas como en forma de servicios para aquellas madres desempleadas que tengan cargas familiares. Este tipo de ayudas son las siguientes: 

Ingreso Mínimo Vital

Por otro lado también es importante destacar que, a la hora de querer solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV), éste debe hacerse en la Seguridad Social. Ya que, pese a ser una cuantía económica que se da ante una situación de desempleo y por unos ingresos insuficientes, no se trata de una prestación por desempleo como tal, sino que tiene por objetivo garantizar el subsidio de una persona o familia, como sería el caso de las madres desempleadas. 

En este caso tampoco se establece una cantidad fija, sino que, dependiendo de la situación familiar del solicitante, se podrá cobrar una cuantía económica u otra. Aunque lo que sí se ha establecido desde el INSS son unas cantidades tanto mínimas como máximas. Pero no es solo lo único llamativo que tiene esta ayuda, sino que también se trata de la más larga, debido a que, desde el Gobierno de España, se calificó como una “ayuda con tiempo indefinido”. Aunque sí que se puede acabar perdiendo por diferentes motivos. 

Si una madre que no tiene trabajo actualmente estaría interesada en poder acceder a esta cuantía económica, sólo debe seguir unos sencillos pasos que se detallan en este artículo sobre el Ingreso Mínimo Vital. Ahí, además, se especificarán cuáles son los requisitos mínimos para ser beneficiaria. 

Ayudas sociales para las familias

Más allá de las ayudas económicas que ofrece el Gobierno de España a las madres desempleadas, también se ofertan una serie de beneficios, también de ámbito económico pero en los que se incluyen diferentes servicios para este sector de la población. Tanto es así que, una madre que se encuentre en una situación de desempleo o que no alcance los ingresos mínimos establecidos, se puede ver beneficiada de diferentes cobros y servicios sociales

Para conocer cuáles son todos estos servicios económicos y sociales que se han establecido desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para este año 2021, se puede ampliar información a través de esta completa guía sobre las ayudas a las familias. Ahí también se detalla cuándo se pueden solicitar, qué servicios se ofrecen y los requisitos mínimos que se deben cumplir para poder obtenerlas.





Así afectará la subida del SMI en las prestaciones y subsidios por desempleo

 

Así afectará la subida del SMI en las prestaciones y subsidios por desempleo


La nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional supondrá también un ascenso en el límite de los ingresos que se pueden tener para solicitar las prestaciones y subsidios por desempleo.



Diego Fernández


La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inminente, ya que el Gobierno y los agentes sociales se encuentran en negociaciones para saber de cuánto va a ser exactamente dicha subida. Un hecho que también afectará, de manera directa, a las prestaciones y subsidios por desempleo a la hora de cumplir un requisito específico.

Las diferentes reuniones que el ejecutivo de Sánchez y Comisiones Obreras (CCOO), Unión General de Trabajadores (UGT), la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) de momento se encuentran estancadas. Debido a que no se llega a un acuerdo acerca de cuánto debe ser la subida. 

Actualmente el SMI está situado en los 950 euros al mes, algo que, desde el ministerio de Trabajo que dirige Yolanda Díaz han asegurado que va a cambiar este mismo mes de septiembre, a través de un ligero ascenso. Aunque hay agentes sociales que no están de acuerdo, por un lado con la subida, y por otro, con la cantidad que se pretende subir. Lo que hace más complicado llegar a un acuerdo para hacerla realidad. 

¿Cómo afectará a la solicitud de prestaciones por desempleo?

La subida del Salario Mínimo Interprofesional va a suponer también en el cambio en la normativa actual de solicitud de las prestaciones y subsidios en los que hay que cumplir un requisito especial sobre el límite de ingresos que se pueden obtener. Todo ello para poder acceder a las diferentes prestaciones que se ofrecen tanto desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Por mínima que sea esta subida del SMI, va a afectar de manera directa a aquellos desempleados que soliciten una serie de ayudas económicas que tengan en común el requisito de no poder ingresar más del 75% del propio salario mínimo. Actualmente esa cifra se fija en los 712,5 euros mensuales, por lo que una persona que quiera solicitar una ayuda no podrá ingresar más de esa cantidad, hasta que se apruebe una nueva subida del SMI.

En el momento en el que se aumente el Salario Mínimo por parte del Gobierno de España, esta cifra límite de ingresos también se verá incrementada. Por ejemplo, si el SMI asciende 19 euros, tal y como plantea el ejecutivo, serían 969 euros al mes, por lo que una persona que solicite una prestación que pida esta condición no puede cobrar más de 726,75 euros al mes, en lugar de los 712,5 euros al mes actuales. 

Algunas de las prestaciones y los subsidios por desempleo que se van a ver afectados por este nuevo límite de ingresos que no se podrá sobrepasar para poder acceder a ellas son: 

  • Subsidio por insuficiencia de cotización.
  • Ayuda familiar.
  • Subsidio para mayores de 45 años.
  • Subsidio para mayores de 52 años.
  • Renta Activa de Inserción (RAI).
  • Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).

Esto va a suponer que haya más personas que puedan tener acceso a este tipo de ayudas económicas debido a que tienen un mayor margen de ingresos. Lo que hace que los desempleados, en cierto modo, también se vean beneficiados con este nuevo incremento del salario mínimo. 

¿Cuánto subirán las prestaciones en 2022? 

Una de las grandes preguntas es si la cantidad económica que corresponde a las prestaciones y los subsidios también van a verse aumentados con la subida del SMI. Acerca de esta cuestión, noticiastrabajo.es pudo preguntar al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, si también iban a verse afectadas con un incremento del pago.

Respondiendo, el ministro Escrivá aseguró que “todo lo que sean actualizaciones de prestaciones y los subsidios, se vería reflejado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), por lo que habrá que esperar, ya que aún se está negociando el Salario Mínimo”. Escrivá aseguró que el SMI iba "por otro lado" al de las prestaciones y que, por eso, no aseguró si éstas iban a verse o no incrementadas







Ayudas para madres solteras y ayudas familiares ¿cuáles puedo pedir?

 

Ayudas para madres solteras y ayudas familiares cuáles puedo pedir?



Berta F. Quintanilla


Necesito la ayuda para madre soltera o ayuda de la Seguridad Social para las familias. Si alguna de estas es tu situación, te contamos cómo puedes pedir la ayuda para madre soltera o la ayuda para las familias.

Vamos a contarte cómo puedes solicitar la ayuda de la Seguridad Social para las familias, así como lo que debes saber para pedir la ayuda para madre soltera. Ambas te ayudarán a conciliar mejor la vida laboral y familiar y podrán resolver más de un problema económico.

Ayudas que puedes pedir en la Seguridad Social para las familias

Si ya decidiste que vas a pedir en la Seguridad Social alguna de las ayudas que ofertan para las familias, te contamos cómo puedes hacerlo. Aunque la mayor parte suelen ser mediante el cobro de prestaciones económicas, otras están basadas en las necesidades actuales de las familias.

Entre estas necesidades se encuentran, por ejemplo, la de conciliación o la de usar una vivienda digna. Por eso, vamos a contarte cuáles son las más solicitadas, así como aquellas que tienen como referencia las necesidades de los demandantes.

Recuerda que, además de estas ayudas familiares, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social también puedes consultar cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital.

Prestación de la Seguridad Social por nacimiento de hijo

Es una ayuda que presenta la Seguridad Social para el caso de nacimiento de un nuevo hijo o del primer hijo, así como en el caso de que la familia haya llevado a cabo una adopción múltiple.

Pueden recibirla tanto las madres solteras como aquellas familias en las que la madre tenga algún tipo de discapacidad reconocida. Además, la Seguridad Social en su Sede Electrónica abre la posibilidad de pedir esta prestación por maternidad vía online.

Subsidio por maternidad

Prestación que puede pedir en la Seguridad Social la madre trabajadora. Esta ayuda económica se cobra durante el descanso en el caso de parto, adopción o acogimiento realizado por una madre trabajadora. La prestación que concede la Seguridad Social llamada subsidio por maternidad, normalmente es de 16 semanas.

Pero este periodo de cobro del subsidio por maternidad puede aumentar en dos semanas más si el niño tiene alguna discapacidad que necesite una atención especial.

Lo que vas a cobrar es una prestación del 100% de la cotización del mes de antes de la maternidad.

Prestación económica por riesgo durante el embarazo

Esta prestación económica de la Seguridad Social la pueden pedir aquellas madres trabajadoras que estén ocupando un puesto de trabajo en el que estar embarazada o en periodo de lactancia, puede perjudicarles.

Primero, la madre trabajadora tiene que pedir un cambio de puesto de trabajo a la empresa, pero si la empresa no lo ve posible, pedirá la baja laboral y pasará a cobrar esta prestación económica por riesgo durante el embarazo.

Ayuda económica por hijos con discapacidad

Si tu hijo tiene un 33% de discapacidad reconocida, puedes pedir la prestación por hijos con discapacidad. Esta es aplicable también en el caso de menores acogidos con discapacidad.

El único requisito para solicitar la ayuda económica por hijos con discapacidad es que el menor tenga reconocido el 33%.

Bonificaciones y ayudas en las cuotas para contratar un cuidador

Si la madre soltera necesita ayuda externa para cuidar a los hijos porque ella tiene que acudir a su puesto de trabajo la Seguridad Social ofrece un descuento del 45% en las cuotas si la familia es monoparental o numerosa. Con esta ayuda podrán contratar a un cuidador o ‘canguro’.

Los requisitos son que la madre soltera trabaje por cuenta propia o ajena y además tenga que desplazarse fuera del domicilio, no pudiendo trabajar desde casa.

Cuando la madre es soltera porque ha muerto el padre, podrá pedir las prestación o pensión de viudedad.

Ayuda de 100 euros para madres trabajadoras

La idea de esta ayuda de 100 euros para madres trabajadoras es la de facilitar la conciliación laboral y familiar. La ayuda para madres trabajadoras la podrás cobrar hasta que el menor cumpla los 3 años.

Los requisitos para pedirla es estar cotizando a la Seguridad Social, que el niño sea menor de 3 años y que esa alta en la Seguridad Social sea por cuenta propia o ajena.

Ayudas que la madre trabajadora puede pedir a la empresa

Las ayudas que la madre trabajadora puede pedir a la empresa cambian en función de las necesidades de cada madre o de la relación laboral que tenga con la empresa. Una de las ayudas que puede pedir la madre trabajadora a su empresa es la que hace referencia a dar de comer al bebé.

Esta ayuda de la que puede disfrutar la madre trabajadora se llama Reducción de la Jornada por lactancia. Supone que la madre puede abandonar su puesto de trabajo durante una hora al día para dar de comer al bebé hasta que éste cumpla 9 meses.

Esta salida podrá cambiarse por 15 días o disfrutarse saliendo 30 minutos antes del fin de la jornada laboral.

Reducción de jornada por cuidado de menores

Las madres trabajadoras pueden pedir reducción en la jornada de trabajo hasta media jornada o 1/8 del tiempo laboral por cuidar a menores hasta que cumplan los 12 años. Aunque pedir esta ayuda de reducción de jornada lleva consigo una bajada proporcional en el sueldo, posteriormente para la Seguridad Social computará como sueldo completo a la hora de hacer el cálculo de las demás prestaciones como la de jubilación.

Reducción de jornada por hijo con cáncer

Dentro de esta ayuda de reducción de jornada por hijo con cáncer también quedan incluidos aquellos que padecen alguna enfermedad grave. Deberá estar hospitalizado y la reducción de jornada por hijo enfermo puede llegar hasta que el menor cumpla los 18 años.

La empresa podrá bajar el sueldo, pero la Seguridad Social ofrece compensaciones para que la pérdida no sea tan drástica.

Muerte, accidente, enfermedad y operación de un familiar directo

La Seguridad Social contempla una serie de permisos retribuidos para quienes sufran la muerte, enfermedad o la operación de un familiar directo. En este caso, son 2 días de permiso, que llegarán a 4 si es necesario el desplazamiento a otra localidad.

Permiso de excedencia para cuidar a un hijo

La madre puede pedir una excedencia a la empresa para dedicarse al cuidado del hijo. Este permiso es hasta que el menor cumpla los 3 años. Después de que pase un año, la madre trabajadora tiene su puesto de trabajo guardado en la empresa.

Pero, a partir de ahí, la empresa le oferta un puesto de trabajo con las mismas características y sueldo. Durante esta excedencia, la relación laboral (el contrato) está suspendido y la trabajadora no recibe el sueldo.

Ayudas para familias numerosas

Si tienes una familia numerosa, existen ayudas que debes conocer para poder solicitarlas. Entre ellas, la de la bonificación de las cuotas a la Seguridad Social en el caso de que necesites a un cuidador para que esté con tus hijos durante el tiempo que pases trabajando

Para ser considerado familia numerosa siendo madre soltera, tienes que tener 3 o más hijos, o 2 en el caso de que alguno de ellos tenga discapacidad, si estás separada o divorciada, 3 hijos o más que dependan de ti económicamente o 2 o más hijos si es viuda.

Debes presentar en la Seguridad Social un certificado de tu Comunidad Autónoma que acredite que eres familia numerosa.

También puedes pedir ayudas para el préstamo de vivienda, o el alquiler.

Y, si lo ves necesario, acude a la Seguridad Social a solicitar el Ingreso Mínimo Vital, una ayuda económica para familias en situación de pobreza.

Prestaciones del SEPE para madres con cargas familiares

Si cuentas con tiempo de cotización suficiente puedes pedir la prestación contributiva por desempleo del SEPE. Pero si no tienes suficiente tiempo cotizado, tienes otras opciones para las que tendrás que ir a una oficina del SEPE con cita previa online.

Entre estas ayudas económicas que puedes pedir al SEPE a modo de prestación, están las ayudas familiares, el subsidio por insuficiencia de cotización, así como el subsidio extraordinario por desempleo.





Esta es la ayuda del SEPE si te retiran una pensión de incapacidad permanente

 

Esta es la ayuda del SEPE si te retiran una pensión de incapacidad permanente


  • El organismo contempla un subsidio si se deriva de una revisión
  • También se aplica para reducciones a una incapacidad parcial


Las pensiones de incapacidad permanente no tienen por qué durar toda la vida o hasta que nos llega el turno de la jubilación. Estas prestaciones están sujetas a cambios en función de nuestro estado de salud, y en caso de quedarnos sin ella podemos vernos expuestos a una pérdida de ingresos importante.

En estos casos, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene a disposición del afectado una prestación temporal con la que ir tirando hasta que pueda recomponer su situación. El organismo informa de que dispone de un subisidio para las "personas trabajadoras que sean declaradas plenamente capaces o incapacitadas en el grado de incapacidad permante parcial".

Eso sí, aclara, siempre que estas nuevas condiciones se produzcan "como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual"

Pero no solo eso. La persona que recibe una reducción de su grado de incapacidad a raíz de una mejoría en su estado físico ha de cumplir también otras condiciones para poder percibir la prestación. Todas ellas van destinadas a asegurar que el destinatario de la pensión se queda descubierto económicamente en caso de no percibirla y de que no tiene, en ese momento, ninguna otra opción alternativa mientras encuentra empleo.

La página web del SEPE informa de que, para poder recibir este subsidio, la persona debe estar en desempleo, estar inscrita como demandante de empleo durante al menos un mes y no rechazar ofertas de colocación ni negarse a participar en "acciones de promoción, formación o reconversión profesionales desde la inscripción como demandante de empleo".

Además, se exige que el ciudadano que no tenga rentas superiores a 712,50 euros al mes, es decir, el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

La cuantía de esta ayuda, como en otros tipos de subsidios como los de mayores de 52 años o el extraordinario por desempleo, es de 451,92 euros mensuales, el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (Iprem).

Este subsidio se puede pedir por un periodo máximo de 18 meses, aunque se ha de prorrogar durante tres periodos diferentes de seis meses desde la obtención del primer tramo.







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